Ayuda estatal con gestión autonómica
Se cobra por tener el bono social eléctrico en la fecha de referencia
El Bono Social Térmico es un pago único anual para ayudar con gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina. En el ciclo de 2026 lo perciben las personas que tenían reconocido el bono social eléctrico el 31 de diciembre de 2025 y no renuncian a la ayuda.
Quién cobra el Bono Social Térmico en 2026
La regla estatal para 2026 es concreta: debe constar como beneficiario o beneficiaria del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2025. Obtener el bono social eléctrico después de esa fecha no genera por sí solo derecho al Bono Social Térmico del ciclo 2026.
El bono térmico no tiene una comprobación de renta, patrimonio o unidad de convivencia separada. El acceso procede de la condición reconocida en el bono social eléctrico. Por ello, la documentación relativa a ingresos, familia, IMV, pensión u otras circunstancias se aporta, cuando corresponda, para pedir el bono eléctrico ante una comercializadora de referencia.
El bono social eléctrico es el paso previo. Entre sus condiciones figuran que el suministro sea el de la vivienda habitual, tener contrato PVPC, potencia contratada igual o inferior a 10 kW y cumplir alguna de las vías de acceso previstas para ese bono. El Bono Social Térmico no sustituye este requisito.
No se solicita: así se gestiona
No existe una solicitud nacional ordinaria específica del Bono Social Térmico. Las comercializadoras de referencia remiten los listados de personas beneficiarias del bono social eléctrico a la administración territorial competente. La comunidad autónoma o las Ciudades de Ceuta y Melilla gestionan, resuelven y pagan la ayuda.
- La persona solicita y obtiene, si cumple los requisitos, el bono social eléctrico.
- Para el ciclo de 2026, debe figurar como beneficiaria a 31 de diciembre de 2025.
- La comercializadora de referencia comunica el listado a la administración territorial competente.
- La administración determina la categoría de vulnerabilidad, la zona climática y el importe que corresponde.
- Si es necesario, la administración solicita la cuenta bancaria u otros datos operativos para efectuar el ingreso.
- La ayuda se abona en un único pago anual, salvo que la persona comunique su renuncia conforme al procedimiento territorial.
No hay una fecha estatal única de pago. Las comunicaciones, la cuenta de abono, los plazos para atender requerimientos, la renuncia y los recursos dependen de la comunidad autónoma o ciudad autónoma que tramite el expediente.
Cuánto se cobra y cómo se calcula
Desde el 22 de marzo de 2026, la ayuda mínima legal es de 50 euros por beneficiario. No hay una cuantía idéntica para todos los hogares: el importe depende de la zona climática de la vivienda habitual, de la categoría de vulnerabilidad y del presupuesto anual disponible.
| Elemento | Regla aplicable en 2026 |
|---|---|
| Forma de pago | Un pago único anual. |
| Importe mínimo | 50 euros por beneficiario. |
| Persona consumidora vulnerable | 50 + a × SCIi / SCIA. |
| Vulnerable severa o en riesgo de exclusión social | La cuantía de su misma zona climática multiplicada por 1,60; es decir, un 60 % superior. |
En la fórmula, a es el coeficiente anual vinculado a la disponibilidad presupuestaria; SCIi es el valor medio de severidad climática invernal de la zona de la vivienda y SCIA es el valor de referencia de la zona A. La vivienda se encuadra en una de las zonas climáticas α, A, B, C, D o E conforme a la metodología estatal.
La zona α tiene un SCI de 0 y la zona E alcanza un SCI de 1,51. Sin embargo, no procede convertir esta fórmula en una tabla cerrada de importes para 2026: en las fuentes estatales consultadas no consta publicado el valor numérico final del coeficiente anual a.
Qué significa en la práctica: 50 euros es el suelo legal, no el importe final de todas las personas beneficiarias. Una persona vulnerable severa o en riesgo de exclusión social recibe un 60 % más que una persona vulnerable de su misma zona climática.
Compatibilidad, cuenta bancaria y renuncia
- El Bono Social Térmico es compatible con el bono social eléctrico.
- La norma estatal lo declara compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
- Las ayudas autonómicas o locales concretas pueden establecer sus propias reglas de acumulación; conviene revisar sus bases.
- La persona beneficiaria puede renunciar a la ayuda. La renuncia impide el pago del bono térmico correspondiente.
- Si la factura eléctrica no está domiciliada, la administración competente puede solicitar una cuenta bancaria para hacer el ingreso.
El canal para comunicar la cuenta, renunciar o corregir datos no es común para toda España. Debe utilizarse el que indique la administración territorial que gestione el Bono Social Térmico en el domicilio de residencia.
Qué hacer si no llega el pago o el importe parece incorrecto
- Identifica la comunidad autónoma o ciudad autónoma de residencia, que es la administración competente para el pago.
- Consulta su sede electrónica, portal de ayudas o resolución territorial de 2026 para comprobar si existen notificaciones o requerimientos pendientes.
- Revisa los datos de la cuenta bancaria si la administración ha solicitado su comunicación.
- Si el problema es que no se reconoció el bono social eléctrico o existe una incidencia en él, dirígete primero a la comercializadora de referencia.
- Si falta la inclusión en el bono térmico, hay un error de domicilio, categoría o cuantía, presenta alegaciones o el recurso que indique la resolución ante el órgano territorial que la haya dictado.
Para orientar esta revisión, consulta la guía sobre cuándo se cobra el Bono Social Térmico y qué hacer si no llega. Si has cambiado de residencia, también puede afectar a la gestión territorial y a la zona climática aplicable: revisa qué puede ocurrir con el Bono Social Térmico al cambiar de domicilio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que solicitar el Bono Social Térmico?
No hay una solicitud estatal ordinaria específica. La ayuda se articula a partir del listado de personas que tenían reconocido el bono social eléctrico en la fecha de referencia. La administración territorial puede pedir después datos bancarios u otra información necesaria para pagar.
¿Qué fecha decide quién cobra el bono de 2026?
El 31 de diciembre de 2025. Para ser beneficiario del ciclo de 2026 había que tener reconocido el bono social eléctrico en esa fecha.
¿Cuál es el mínimo del Bono Social Térmico en 2026?
El mínimo legal es de 50 euros por beneficiario desde el 22 de marzo de 2026. El importe final puede ser superior según la zona climática, la categoría de vulnerabilidad y el coeficiente anual aplicable.
¿El Bono Social Térmico es mensual?
No. Es una ayuda de pago único anual.
¿Dónde se reclama una falta de pago?
Ante la comunidad autónoma o ciudad autónoma que gestione y haya resuelto la ayuda. No existe una vía estatal única que sustituya el procedimiento territorial. Si la incidencia afecta al bono social eléctrico de origen, debe plantearse ante la comercializadora de referencia.
¿La Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética cambia los requisitos de 2026?
No por sí sola. La estrategia plantea posibles adaptaciones futuras, pero no sustituye los requisitos legales aplicables al Bono Social Térmico de 2026.
Fuentes oficiales
Información estatal comprobada para el ejercicio 2026. El procedimiento, las notificaciones, la fecha efectiva de pago y los recursos deben verificarse en la comunidad autónoma o ciudad autónoma competente.

