Cómo solicitar el bono social eléctrico paso a paso

Bono social eléctrico · España

La solicitud se presenta ante una comercializadora de referencia

El bono social eléctrico es un derecho vigente, sin convocatoria ni plazo general de solicitud. Debes pedirlo a una comercializadora de referencia (COR), no al MITECO, a la CNMC ni a la comunidad autónoma. El contrato debe corresponder a tu vivienda habitual, estar en PVPC y tener una potencia contratada de hasta 10 kW.

Situación comprobada: 25 de septiembre de 2026
Ámbito estatal

Dónde se solicita
Comercializadora de referencia
Respuesta de la COR
Máximo 10 días hábiles desde la solicitud completa
Descuento excepcional en 2026
42,5 % o 57,5 % según la categoría

Comprueba primero si reúnes las condiciones básicas

Antes de rellenar el formulario, verifica que puedes cumplir todos estos requisitos generales:

  • Ser una persona física y titular del punto de suministro, o solicitar simultáneamente el cambio de titularidad si corresponde.
  • Que el suministro sea el de tu vivienda habitual.
  • Tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
  • Tener el contrato acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), o aceptar el cambio a PVPC con una COR.
  • Encajar en alguno de los supuestos de consumidor vulnerable, consumidor vulnerable severo o consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

Si estás en el mercado libre, no puedes aplicar el bono social mientras el suministro siga en ese mercado. Puedes dirigirte a una COR para solicitar el bono y el cambio gratuito a PVPC, siempre que mantengas la potencia contratada.

No hay una fecha límite general para presentar la solicitud. Puedes hacerlo mientras se mantengan los requisitos. Esto no equivale a tener el bono concedido: la COR debe comprobar la solicitud y la documentación.

Elige la vía por la que solicitas el bono

El acceso puede basarse en la renta de la unidad de convivencia, en la condición de familia numerosa, en determinadas pensiones mínimas o en ser beneficiario del ingreso mínimo vital.

SituaciónRegla principal
Acceso por rentaEl umbral parte de 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Se añade 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
Circunstancia especialEl multiplicador anterior aumenta en 1 si concurre discapacidad de al menos el 33 %, violencia de género, terrorismo, dependencia de grado II o III, unidad monoparental con al menos un menor o electrodependencia acreditada.
Familia numerosaPuede acceder por esta condición mientras el título de familia numerosa esté vigente, sin perjuicio de los requisitos generales del suministro.
Pensión mínimaPuede dar acceso cuando se percibe una pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente y los demás ingresos agregados no superan 500 euros anuales.
Ingreso mínimo vitalPuede solicitarse si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del ingreso mínimo vital.

Para la categoría de consumidor vulnerable severo, la regla general es tener una renta igual o inferior al 50 % del umbral aplicable al consumidor vulnerable. Existen reglas específicas para familias numerosas y para pensionistas con pensión mínima. Puedes revisar los criterios en la guía de requisitos del bono social eléctrico y utilizar la calculadora orientativa según ingresos y familia.

Reúne los documentos antes de presentar el formulario

La COR utilizará su propio modelo de solicitud. La documentación concreta depende de la vía de acceso y de la composición de la unidad de convivencia, pero normalmente debes preparar:

  • Formulario de solicitud de la COR, cumplimentado y firmado cuando proceda.
  • NIF o NIE de la persona titular y, cuando corresponda, de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Certificado de empadronamiento individual o colectivo de las personas de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia, certificados de nacimiento o matrimonio, certificado de pareja de hecho o documento de acogimiento, según el caso.
  • Título de familia numerosa en vigor, si solicitas el bono por esa condición.
  • Certificados de discapacidad, violencia de género, terrorismo, dependencia o electrodependencia si invocas una circunstancia especial.
  • Para una unidad monoparental con al menos un menor, libro de familia y certificado de empadronamiento.
  • Documento acreditativo del ingreso mínimo vital mientras no sea posible su comprobación automática.

La unidad de convivencia tiene una definición legal propia: no toda persona empadronada en el domicilio forma necesariamente parte de ella. Además, una misma persona no puede integrar dos unidades de convivencia a estos efectos.

Consulta el detalle y los justificantes de cada caso en documentos necesarios para pedir el bono social eléctrico.

Cómo presentar la solicitud paso a paso

  1. Revisa el contrato eléctrico. Confirma que corresponde a tu vivienda habitual, que la potencia no supera 10 kW y que está en PVPC. Si estás en mercado libre, elige una COR para tramitar el paso a PVPC.
  2. Identifica tu vía de acceso. Determina si solicitas por renta, familia numerosa, pensión mínima, ingreso mínimo vital o una situación de vulnerabilidad severa.
  3. Busca la COR y descarga su modelo. Las COR tienen sus canales de solicitud y sus formularios. La CNMC publica el listado actualizado de comercializadoras de referencia y sus datos de contacto.
  4. Completa el formulario y adjunta los documentos. Incluye los consentimientos necesarios para la comprobación de datos cuando proceda. La falta de consentimiento de miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años con capacidad para obrar puede impedir la renovación automática.
  5. Envía la solicitud por un canal habilitado. Según la COR, puede ser oficina, teléfono, correo electrónico, correo postal, fax o canal web. Conserva el justificante de envío o recepción.
  6. Atiende los requerimientos. La COR puede pedir documentos adicionales si no puede comprobar alguna circunstancia declarada.
  7. Revisa la respuesta y la factura. Guarda la comunicación de la COR y verifica que el descuento o la regularización aparezca correctamente.

No utilices el antiguo bono eléctrico de justicia energética como vía de solicitud. Fue una medida temporal y su prórroga finalizó el 30 de junio de 2024.

Cuándo debe contestar la COR y desde cuándo se aplica

La comercializadora de referencia dispone de un máximo de 10 días hábiles, contados desde que recibe la solicitud completa y la documentación necesaria, para comunicar el resultado.

Si se reconoce el derecho, el bono se devenga desde el primer día del ciclo de facturación en el que la COR recibió la solicitud completa. Debe reflejarse en la siguiente factura cuando esta se emita al menos 15 días hábiles después de la recepción. Si se emite antes, la regularización debe hacerse en la factura inmediatamente posterior.

Si la COR deniega o inadmite la petición, debe indicar el motivo o el requisito que no ha podido comprobar. Conserva siempre el formulario, los documentos enviados, el justificante de presentación, la respuesta y las facturas afectadas.

Qué descuento se aplica en 2026

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 se aplican descuentos excepcionales sobre el PVPC:

Categoría reconocidaDescuento aplicable en 2026
Consumidor vulnerable42,5 %
Consumidor vulnerable severo57,5 %

Estos porcentajes son temporales y finalizan el 31 de diciembre de 2026, salvo que una norma posterior los modifique. El descuento está sujeto a límites anuales de energía según la unidad de convivencia. La energía que exceda el límite se factura a PVPC sin descuento. Consulta cómo opera ese límite en cuánto descuento aplica el bono social y sobre qué consumo.

Duración, renovación y cambios que debes comunicar

La duración ordinaria del bono social es de dos años. Para los colectivos sujetos a comprobación, la renovación es automática si se mantienen los requisitos y se dispone de los consentimientos necesarios. La COR debe comprobar la continuidad del derecho con dos meses de antelación al vencimiento e informar en factura de la renovación o de la fecha de finalización.

Si eres familia numerosa, el bono se mantiene mientras esté vigente el título, siempre que se cumplan los requisitos generales. Debes comunicar a la COR en el plazo máximo de un mes cualquier cambio que suponga perder la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo.

Si cambias de compañía, de contrato o de titularidad, revisa las consecuencias antes de hacerlo en qué pasa con el bono social si cambio de compañía o de titular. Para el vencimiento y la renovación, consulta también cuándo hay que renovar el bono social eléctrico.

Riesgo de exclusión social y protección frente al corte

La categoría de consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social exige reunir los requisitos de consumidor vulnerable severo y ser atendido por servicios sociales de la comunidad autónoma o de la entidad local competente. Esos servicios deben financiar al menos el 50 % de la factura en los términos legales.

Cuando se cumplen esas condiciones, el suministro no puede interrumpirse. También hay protecciones específicas frente a la suspensión para determinados hogares beneficiarios del bono social con menores, dependencia o discapacidad acreditada. Estas protecciones requieren acreditar las circunstancias y seguir el procedimiento aplicable: no son una exoneración general de cualquier deuda eléctrica.

Si te deniegan el bono o no aplican bien el descuento

Pide a la COR que concrete el motivo de la denegación, inadmisión o falta de aplicación. Si el problema es documental, aporta o corrige el justificante solicitado. Si el bono se reconoció pero no se aplicó desde el ciclo correcto, reclama expresamente la regularización desde el primer día del ciclo de facturación en que la solicitud completa fue recibida.

Las discrepancias pueden reclamarse ante los servicios de consumo competentes. El organismo concreto depende de tu territorio y de la materia de la reclamación. Encontrarás una guía práctica en bono social denegado: motivos y cómo reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar el bono social si estoy en el mercado libre?

No se aplica mientras el suministro permanezca en el mercado libre. Puedes solicitarlo a una COR y tramitar con ella el cambio al PVPC, siempre que se mantenga la potencia contratada.

¿Tengo que presentar la solicitud al MITECO o a la CNMC?

No. El MITECO regula e informa y la CNMC supervisa y publica información útil, pero quien recibe, comprueba y resuelve la solicitud es la comercializadora de referencia.

¿Qué significa que la solicitud esté completa?

Que la COR ha recibido el formulario y la documentación necesaria para verificar tu titularidad, vivienda habitual, unidad de convivencia y vía de acceso. El plazo de 10 días hábiles se cuenta desde esa recepción completa.

¿Cuándo se empieza a aplicar el descuento?

Se devenga desde el primer día del ciclo de facturación en que se recibe la solicitud completa. Puede aparecer en la siguiente factura o regularizarse en la inmediatamente posterior, según la fecha de emisión.

¿El bono social eléctrico y el bono social térmico son lo mismo?

No. El bono social eléctrico se aplica al suministro eléctrico en PVPC. El bono social térmico tiene regulación, gestión y pago diferentes.

Fuentes oficiales

Información revisada para la situación vigente el 25 de septiembre de 2026. Los descuentos del 42,5 % y del 57,5 % son excepcionales y están previstos hasta el 31 de diciembre de 2026.